Si usted tiene la intención de viajar y pasar algún tiempo en el Perú, el permiso de extranjería es el documento nacional de identidad con el que cualquier ciudadano extranjero puede vivir en ese país; es decir, se le permite legalmente trabajar y abrir una cuenta bancaria.
Es importante tener en cuenta que no necesita este documento migratorio para alquilar una casa, por lo que aquí están tramites y requisitos para carnet de extranjería para Perú.
La tarjeta de registro para extranjeros peruanos o carnet de extranjería es válida por cuatro (04) años para los ciudadanos residentes.
Tiene una validez de 5 años para los adultos con capacidad de migración permanente y de 3 años para los menores.
Después de este período, el residente extranjero debe solicitar a las autoridades de inmigración la renovación del carnet de extranjería.
Índice de contenidos
Los requisitos para sacar el carnet de extranjería
- Tener el estatus migratorio del residente admitido.
- Estar en territorio nacional.
¿Cómo obtener el Carnet de Extranjería en Perú?
La obtención del carnet de extranjería en Perú se realiza mediante las siguientes modalidades:
Calidad migratoria
Para obtener una tarjeta de inmigración o carnet de extranjería, primero debe considerar el estado migratorio de la persona.
Esto se debe a que los extranjeros que desean viajar al Perú por turismo o por diversas actividades, tales como negocios, empleo o inversión, necesitan un permiso para ingresar al país, ya sea temporalmente o como residentes.
Una vez aclarado este punto, el carnet de extranjería o tarjeta de inmigración peruana sólo puede ser emitida a través de las siguientes 2 opciones:
- Casarse con un ciudadano peruano.
- Encontrar un trabajo
Modalidades para sacar el carnet de extranjería
Las modalidades para obtener el carnet de extranjería o tarjeta de registro de extranjeros son los siguientes:
Matrimonio con un ciudadano peruano:
Esta opción cambia no sólo el estado civil del ciudadano, sino también su estatus migratorio, en este caso de turista a padre.
Para encontrar trabajo:
Esta es la opción más sencilla, sencilla y frecuente para los inmigrantes a Perú, ya que el cambio de estatus migratorio en este caso es de turista a empleado residente.
Autorización especial para celebrar contratos de trabajo
Si desea conseguir un trabajo, debe emitir un permiso llamado permiso especial para firmar contratos para poder firmar el contrato de trabajo en la empresa.
Para ello, deberá ponerse en contacto con la Dirección General de Migraciones (DIGEMIN) en el distrito de Breña, calle España N° 734; puede participar sin necesidad de inscripción previa presentando los siguientes documentos:
- Formulario F-004
- Pago por el derecho de tramites en el Banco de la Nación (16 Soles)
- Pasaporte original
- Tarjeta Andina de Inmigración (TAM), que se transporta en avión a la entrada del Perú.
Con permiso especial para firmar contratos y poder trabajar en el país e ir a cambiar el estado de inmigración, que a su vez, y ha adquirido la visa de trabajador residente puede solicitar la tarjeta de registro de extranjeros.
Cambio de calidad migratoria a trabajador residente
Tan pronto como se obtiene el empleo deseado y se firma el correspondiente contrato de trabajo, se realiza el cambio de situación del trabajador residente, para ello existen 2 opciones:
- La empresa es responsable de la recogida de la documentación.
- o, como de costumbre, que la persona debe hacerlo con sus propios recursos.
Ahora, los procedimientos deben completarse con los siguientes pasos, independientemente de cómo se lleven a cabo:
Primer paso
La empresa o negocio en el que trabaja el ciudadano debe presentar el contrato de trabajo al Ministerio de Trabajo para que éste pueda ser firmado y registrado.
Es importante señalar que el contrato debe ser por un período de al menos un año o, en su defecto, sin período de prueba, conocido como período indeterminado.
Segundo paso
A partir de esa fecha, la fecha se fijará de común acuerdo y las siguientes colecciones se presentarán a la Autoridad Nacional de Vigilancia de la Migración:
- Formulario 004
- El pago de 107.50 nuevos soles será recibido por el Banco de la Nación a partir de ese momento, cuando usted puede solicitar una fecha para recuperar sus documentos.
- Fotocopia del pasaporte o documento nacional de identidad (DNI), en todos los casos en que deba estar vigente.
- Fotocopia del contrato previamente aprobado y certificado por un notario.
- Expediente de la empresa RUC que certifica la situación del ciudadano como activo y tenía, esto significa que la empresa debe trabajar.
- Enviar una copia del poder notarial como representante legal de la empresa.
Tercer paso
Para expedir la tarjeta de extranjero peruano, necesitará el “Ficha de Canje Internacional de INTERPOL“, en el que deberá presentar un recibo del trámite, el cual se encuentra disponible en el momento en que todos los documentos antes mencionados sean remitidos a la DIGEMIN.
Por lo tanto, se deben tener las siguiente documentación:
- Formulario F-004.
- Recibo de pago del Banco de la Nación por 80 nuevos soles.
- Original del pasaporte vigente y copia.
- Justificación de DIGEMIN.
Estos documentos deberán presentarse en la sede de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) en Perú, Av. Manuel Olguín s/n cuadra 6 (Comisionado de Monterrico), Surco, de 08:00 a 13:00 horas.
Cabe señalar que sólo se reservan 70 citas al día y que en esta fase debe rellenarse un formulario adicional. Su número de teléfono es +51 1 2790382.
Una vez que se hayan recibido todos los documentos, tendrá que esperar una semana para recuperar el formulario de intercambio internacional de INTERPOL.
El formulario debe ser enviado a DIGEMIN, donde deberá esperar cuatro semanas antes de que se recoja la tarjeta de registro de extranjeros peruanos; el progreso de este paso puede ser verificado en el sitio de migración.
Registro y retirada del carnet de extranjería
Esta última etapa consiste en la inscripción en el registro central de extranjeros y la emisión final del carnet de extranjería. Al finalizar el plazo de cuatro semanas, el ciudadano será informado de la finalización de la tramitación de su tarjeta de extranjería o carnet de extranjería, en la que deberá ponerse en contacto con DIGEMIN y presentar los siguientes documentos:
- Formulario F-007-A.
- Pago recibido por el Banco de la Nación por 49.90 nuevos soles.
- Original del pasaporte vigente.
- Tarjeta Andina de Inmigración.
- Formulario de intercambio internacional de INTERPOL.
- Recibo de pago al Banco de la Nación por $200, que se refiere a la evolución de la calidad de la migración.
- Recibo de pago al Banco de la Nación por $15 con referencia a la inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
- Recibo de pago al Banco de la Nación por $20 con referencia a la contribución anual de extranjeros.
Recomendaciones específicas
Por razones de robo o pérdida
En caso de pérdida, robo o deterioro del documento de identidad del extranjero, deberán respetarse los siguientes puntos:
- El residente pierde su estatus migratorio si su ausencia del país excede de ciento ochenta y tres (183) días calendario consecutivos o acumulativos por cualquier período de doce (12) meses, excepto por razones debidamente verificadas de fuerza mayor, trabajo o salud, siendo la ausencia de hasta doce (12) meses a solicitud de las MIGRACIONES por “licencia por más de 183 días”.
- El extranjero residente pierde su estatus migratorio cuando abandona el país con la estancia vencida.
- Los extranjeros residentes que abandonan el país de forma permanente deben seguir el procedimiento “Cancelación de estancia y expediente de salida definitiva”.
Debido a la calidad de la migración
La Superintendencia Nacional de Migración (DIGEMIN) ofrece información en su página web para inmigrantes en el Perú, donde se les aconseja cumplir con las siguientes regulaciones:
Empleados:
Sólo podrán trabajar en situación de dependencia en el marco de un contrato de trabajo debidamente aprobado por el Ministerio de Trabajo, con excepción de las excepciones previstas en la legislación aplicable. Además, no pueden emitir recibos de gastos.
Familiares de residentes:
Dado que dependen de un ciudadano extranjero, no se les permite participar en actividades remuneradas o lucrativas a menos que soliciten y reciban un cambio en su condición de migrantes calificados.
Estudiantes:
No pueden recibir ingresos de fuentes peruanas que no sean de actividades profesionales.
Religiosos:
Sólo pueden realizar actividades remuneradas o lucrativas si solicitan y obtienen el permiso correspondiente de la Dirección General de Migración y sólo para actividades relacionadas con la salud o la educación.
Rentistas:
No podrán realizar actividades remuneradas o lucrativas.
Inversores independientes:
Están capacitados para realizar inversiones y formar parte del consejo de administración de su empresa; no pueden trabajar ni realizar trabajos para terceros, ya sea como personas dependientes o independientes.
Profesionales independientes:
Están cualificados para ejercer su profesión con total independencia, lo que les permite emitir recibos de honorarios.
Nacionales argentinos con residencia contractual:
la residencia concedida es por dos años, sujeta al pago del impuesto anual de extranjería dentro de los 90 días siguientes a la expiración del plazo, y deben solicitar la residencia permanente. Si no lo hacen, pierden su estatus migratorio.
Bueno, estos eran los requisitos para el carnet de extranjería o tarjeta de registro de extranjeros, esperamos que la información brindada sea la necesaria. ¡Suerte!
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